Published On: 26.05.2010|Categories: Noticias generales|

En Francia, debido una ley promulgada en 2003, que entró en vigor en todos sus aspectos en 2006, es obligatorio que todas las piscinas, públicas o particulares, dispongan de sistemas de seguridad. El principal objetivo de esta ley es reducir el riesgo de ahogamiento entre los niños, que son los más vulnerables a sufrir este tipo de accidentes.

Es por esto que Francia se considera un país pionero en el sector de la seguridad en piscinas. En este país es obligatorio instalar, en todas las piscinas, alguno de los siguientes elementos que garanticen seguridad:

• Alarma de seguridad homologada, que se activa cuando detecta movimiento en el agua.
• Alarma perimetral homologada, que se activa con el movimiento que se produce alrededor de la piscina.
• Una lona para cubrir la piscina, también homologada, que pueda soportar el peso de un adulto.
• Vallado alrededor de la zona de baño, para evitar que puedan acceder los niños sin la presencia de un adulto.

En España el funcionamiento es diferente, ya que no existe una ley estatal específica aunque, desde 1960, existe una orden sobre piscinas públicas que hace referencia al aspecto técnico-sanitario y a normas de vigilancia. La normativa de seguridad española, referente a piscinas de uso público y al proceso burocrático previo a la construcción de las de uso particular, es de carácter autonómico y, por eso, varía en función del reglamento de cada comunidad.

Catalunya fue la comunidad pionera cuando en 1987 publicó un Decreto para regular la materia de seguridad en piscinas. A partir de entonces, el resto de comunidades empezó a legislar también esta materia. Sin embargo, las condiciones que estipulan estas normativas sólo conciernen, en la mayoría de los casos, las piscinas de uso público, que en algunos casos incluyen las de comunidades de vecinos y en otros no.
En estos casos, es cada junta de vecinos la que decide cual es la normativa de la piscina y las condiciones de su uso. Es recomendable que estas normas que hay que seguir estén a la entrada de la zona de baño o en un lugar bien visible.

En caso de daños en los usuarios de una piscina comunitaria hay que diferenciar entre los causados por un accidente fortuito, por culpa del mal uso de las instalaciones por parte de la víctima (dos casos en los que la comunidad no asumiría ninguna responsabilidad) o por una negligencia de la comunidad.

Sea como sea, lo recomendable en las piscinas públicas, y que la mayoría de ordenanzas comunitarias incluyen, sería:
• Disponer de flotadores salvavidas, que sean visibles y que estén a mano.
• Disponer de botiquín y material de primeros auxilios.
• Tener siempre, y como mínimo, un socorrista profesional que vigile los bañistas.
• Llevar un control de la higiene y la calidad del agua de la piscina.

En Italia la UNI (Ente Nacional Italiano de Unificación) estableció una normativa muy adecuada en cuanto a seguridad y condiciones para piscinas, aunque a la hora de la verdad, son pocas las regiones que la aplican correctamente, ya que, como en España, tienen libertad a la hora de legislar esta materia.
La normativa propuesta por UNI establece los requisitos de diseño, construcción, instalaciones y tratamiento del agua, incluyendo información sobre las pruebas y controles que permiten comprobar el buen estado de la piscina. Aún así, no existe ninguna unidad encargada de controlar que este reglamento –que no es obligatorio- se aplique.

Fuente: Piscinas.com

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